Comunicado de Prensa N°25 - 31/01/2023
Prohibida la realización de fuegos y quemas
Se establece en Artículo 2º del Decreto N° 436/007 que “hasta la segunda quincena de abril, queda PROHIBIDA la realización de FUEGOS Y QUEMAS DE CUALQUIER TIPO AL AIRE LIBRE en todo el territorio nacional.” Se exceptúan de esta prohibición las que se realicen en zona urbana y que no revistan riesgo alguno de propagación.-
Condenados por rapiña en Pan de Azúcar
El sábado 28 próximo a las 16:45, se toma conocimiento a través del servicio de emergencias 9-1-1, sobre una rapiña en calle Paul Harris y Ruta 9, localidad de Pan de
Azúcar, donde dos desconocidos que circulaban en un birrodado, mediante amenazas con un arma de fuego le exigieron dinero a un hombre, a posterior huyeron del lugar.
Ante lo expuesto se comisiona personal de URPM, PADO e Investigaciones I, Guardia Republicana y Policía Caminara. Y se realizó un relevamiento de las cámaras del Centro de Comando Unificado.
Una vez entrevistado el denunciante y constatado los hechos, se desplegó un operativo policial en la zona logrando la detención del conductor de la moto en calle Indio Miguel, identificado como M.E.M.B., de 21 años. Mientras tanto el otro involucrado huye a pie
siendo intervenido el Pueblo Gerona, identificado como MILTON ALEJANDRO PÍRIZ MARRERO de 21 años de edad, poseedor de antecedentes penales.
Realizado un relevamiento por la zona se ubicó e incautó el arma de fuego utilizada, un revolver marca Doberman calibre 22 largo.
Una vez detenidos son derivados a nosocomio local para valoración médica y a posterior a seccional policial.
Enterada la Fiscalía de 4to turno dispuso entre diligencias la conducción de los detenidos a sede penal.
El día 29, finalizada audiencia en el Juzgado letrado de Maldonado de 11º turno se dispuso la condena de;
-M.E.M.B. como autor penalmente responsable de un delito de rapiña especialmente agravada a la pena de cuatro años y dos meses de penitenciaria efectiva, con descuento de la detención sufrida.
- MILTON ALEJANDRO PÍRIZ MARRERO como autor penalmente responsable de un delito de rapiña especialmente agravada, un delito de Autoevasión y un delito de
porte de arma de fuego en lugares públicos, a la pena de cinco años y 10 meses de penitenciaria efectiva, que comenzará a cumplir cuando finalice la causa 583- 47/2022, con descuento de la detención sufrida.
Se dispuso el decomiso de los efectos incautados.
ANTECEDENTES DE MILTON ALEJANDRO PÍRIZ MARRERO
27/1/2022 - UN DELITO DE RECEPTACION EN REGIMEN DE REITERACIÓN REAL CON UN DELITO DE HURTO ESPECIALMENTE AGRAVADO EN CALIDAD DE AUTOR. CON PRISIÓN .
28/10/2020 -SEIS DELITOS DE RECEPTACION EN REITERACIÓN REAL EN CALIDAD DE AUTOR. CON PRISIÓN .
15/2/2020 - UN DELITO DE VIOLACIÓN DE DOMICILIO ESPECIALMENTE AGRAVADO EN CALIDAD DE AUTOR. SIN PRISIÓN.
Cabe agregar que el mismo estaba cumpliendo la condena como autor penalmente responsable de un delito de receptación en régimen de reiteración real con un delito de
hurto especialmente agravado, a la pena de dieciséis meses de prisión efectiva desde el 27 de enero del año 2022. Teniendo salidas transitorias los días martes y sábados (con Tobillera de la OSLA).
Condenados por hurto especialmente agravado
En la tarde del día 21, se toma conocimiento que en calle Serenidad y La Arbolada desconocidos habían realizado el hurto del interior de un vehículo.
Arriba personal policial y entrevistado la denunciante manifiesta que mediante efracción de los vidrios de su auto sustrajeron una mochila, un par de lentes, un termo, un mate entre otros efectos.
El día 28, continuando con las actuaciones por parte del personal de investigaciones IV, en momentos que realizaban recorridas por la zona de La Barra, es intervenido el conductor de una moto resultado ser SERGIO OMAR PEREIRA FREIRE de 38 años de edad, poseedor de antecedentes penales, y su acompañante un hombre de iniciales C.M.N.M. de 26 años, quien portaba una mochila. Al realizarles una revista se incauta la misma conteniendo los efectos hurtados en el vehículo.
Son derivados a dependencia policial para trámites de rigor.
De la investigación surge que los detenidos no eran ajenos a otro hurto cometido el día 21, en una casa de familia ubicada en calle Carlos Gardel, jurisdicción de seccional 12ª.
Enterada de las actuaciones la Fiscalía de 4to Turno son derivados a sede penal.
Finalizada audiencia en el Juzgado letrado de Maldonado de 11º turno se dispuso la condena de SERGIO OMAR PEREIRA FREIRE y C.M.N.M. como autores de dos delitos de hurto especialmente agravados en régimen de reiteración real entre si, a la
pena de dieciséis meses de prisión efectiva, con descuento de la detención sufrida.
Antecedentes de SERGIO OMAR PEREIRA FREIRE
31/5/2021 - UN DELITO DE ASISTENCIA A AGENTE DE ACTIVIDAD ILICITA EN CALIDAD DE AUTOR. CON PRISIÓN.
21/9/2020 - UN DELITO DE HURTO EN GRADO DE TENTATIVA EN CALIDAD DE AUTOR. CON PRISIÓN .
15/6/2018 - UN DELITO DE HURTO ESPECIALMENTE AGRAVADO COMO AUTOR PENALMENTE RESPONSABLE. CON PRISIÓN.
Formalizado por violación de domicilio
Sobre la hora 13:30 del sábado 28, se toma conocimiento por parte del servicio de emergencias 9-1-1, que un desconocido se estaba bañando en la piscina del predio de unchalet ubicado en calle Jefferson, jurisdicción de seccional 10ma.
Ante lo expuesto se comisiona personal policial entrevistándose con personal de seguridad, quien mantendría retenido a un hombre de iniciales L.J.L.E. de 20 años de edad.
Es derivado a seccional policial para mejor identificación y trámites de rigor.
Enterada de las actuaciones la Fiscalía de 4to Turno dispuso entre diligencias que permanezca detenido.
El día 29, finalizada instancia en el Juzgado Letrado de Maldonado de 4º turno, se dispuso la formalización de la investigación para L.J.L.E. por la presunta comisión de Violación de domicilio en calidad de autor.
Como medida cautelar, el arresto domiciliario nocturno de 21 a 06 horas y la obligación de dar previo aviso a la sede en caso de modificar su domicilio por un plazo de 90 días.
Cabe agregar que L.J.L.E. estaba cumpliendo condena como autor penalmente responsable de un delito de Hurto Especialmente Agravado por la penetración domiciliaria, a la pena de doce (12) meses de prisión, siendo cumplida en régimen de Liberad a prueba. Hecho ocurrido en el mes de Octubre del 2022, lo que fuera informado oportunamente mediante comunicado N.º 266 del día 17/10/2022.
Mensaje preventivo
Se recuerda a toda la población mantener precaución en el acceso a cuentas bancarias como también en las compras que se realizan por internet, especialmente al recibir link de usuarios desconocidos o mensajes de personas diciendo ser algún familiar y/o amigo.
Los mencionados suelen ser medios y mecanismos utilizados para lograr acceder a información personal, contraseñas, acceso a cuentas bancarias que luego son utilizadas para estafar, sustraer dinero de otras cuentas o el robo de identidad para cometer fraudes.
Ante esta situación se recomienda;Verificar el origen de la dirección de correo electrónico, llamada o mensaje recibido.
Verificar la autenticidad del movimiento bancario, sociedad o persona con la cual va a concretar alguna compra.
Corroborar con un familiar la situación planteada por el posible estafador. Comunicarse con el servicio de respuesta policial 9-1-1.
RECORDAR QUE LOS BANCOS NO SOLICITAN DATOS PERSONALES POR MEDIO DE ACCESO A LINK NI MENSAJES DE WHATSAPP.
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“Frente a una situación de violencia doméstica podes comunicarte con el servicio de
respuesta policial 9-1-1” Decreto N° 436/007
Artículo 2 - A partir de 1° de noviembre de cada año y hasta la segunda quincena de
abril del siguiente año queda prohibida la realización de fuegos y quemas de cualquier tipo al aire libre en todo el territorio Nacional. Se exceptúan de esta prohibición las que se realicen en zona urbana y que no revistan riesgo alguno de
propagación.
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Maldonado, 31 de Enero de 2023.
Jefatura de Policía de Maldonado Departamento de Prensa y Relaciones Públicas
Oficial Principal Ana MÁRQUEZ