Comunicado de Prensa N°23 - 27/01/2023

Prohibida la realización de fuegos y quemas

Se establece en Artículo 2º del Decreto N° 436/007 que “hasta la segunda quincena de abril, queda PROHIBIDA la realización de FUEGOS Y QUEMAS DE CUALQUIER TIPO AL AIRE LIBRE en todo el territorio nacional.” Se exceptúan de esta prohibición las que se realicen en zona urbana y que no revistan riesgo alguno de propagación.-


Condenado por hurtos

Siendo las 00:35 de ayer, efectivos de la Zona II tomaron intervención con CRISTIAN DAMIÁN SOSA de 39 años quien caminaba por Avda. Luis A. de Herrera, ingresando a asentamiento Los Eucaliptus, llevando un efecto que resultó ser una piscina nueva de 3800 litros.

El hombre no pudo justificar la propiedad del efecto por lo que le fue incautado y se lo derivó a una dependencia policial para la investigación. Posteriormente resultó que el efecto fue hurtado de una carpa de venta exterior de un supermercado ubicado en Ruta 39.

Realizadas las gestiones correspondientes y enterada la Fiscalía de 4to. Turno impartió directivas para la conducción del hombre a su Despacho y luego a la Sede Letrada.

Realizada la instancia en el Juzgado Penal de 11° Turno fue dispuesta la condena de CRISTIAN DAMIÁN SOSA como autor de dos delitos de hurto en régimen de reiteración real, a la pena de cinco (5) meses de prisión efectiva.

Cabe mencionar que también fue imputado por un hecho cometido en el mes de diciembre en un comercio ubicado en Ruta 39, donde fue detenido por la Policía y derivado a la dependencia policial. Enterada en ese momento la Fiscalía de 4to Turno, dispuso su conducción al Despacho surgiendo un acuerdo y el cese de detención del mismo.

Antecedentes de CRISTIAN DAMIÁN SOSA

14/09/2022 - COMO AUTOR PENALMENTE RESPONSABLE DE UN DELITO DE HURTO EN GRADO DE TENTATIVA. CON PRISIÓN.
27/04/2021 - DOS DELITOS DE PENETRACIÓN ILEGITIMA EN EL FUNDO AJENO EN CONCURSO FUERA DE LA REITERACIÓN CON TRES DELITOS DE HURTO UNO DE ELLOS EN GRADO DE TENTATIVA. EN RÉGIMEN DE REITERACIÓN REAL. CON PRISIÓN.
04/10/2019 - CUATRO DELITOS DE HURTO EN RÉGIMEN DE REITERACIÓN REAL EN CALIDAD DE AUTOR. CON PRISIÓN.
30/08/2018 - UN DELITO DE HURTO. CON PRISIÓN.


Formalizado por tres delitos de hurto

En la mañana del miércoles 25, fue solicitada la presencia policial en un supermercado ubicado en Camino de los Gauchos, ya que se había cometido un hurto y el autor estaba retenido por personal del local.

Al llegar la Policía detuvo a un hombre de iniciales O.V.V.A. de 43 años, quien intentó retirarse sin abonar efectos que guardaba entre sus ropas.

Enterada la Fiscalía de 4to. Turno impartió directivas y dispuso la conducción del hombre a la Sede Letrada.

Realizada la instancia en el Juzgado Penal de 11° Turno fue dispuesta la formalización de O.V.V.A. por la presunta comisión de tres delitos de hurto uno de ellos en grado de tentativa, todos en régimen de reiteración real entre sí y en calidad de autor, se dispuso como medida cautelar su arresto domiciliario total por noventa (90) días.

Cabe mencionar que el sujeto esta presuntamente vinculado a otros dos delitos, uno cometido el 19 de enero en un comercio ubicado en jurisdicción de la Seccional Sexta y otro cometido el 22 de enero en un comercio jurisdicción de Seccional Primera.


Condenado por disparos de arma de fuego en lugares públicos

Próximo a las 20 horas del lunes 23, fue solicitada la presencia policial en una casa ubicada en barrio Colibries por un disparo con arma de fuego.

Al llegar los uniformados se entrevistaron con la denunciante que expresó que un sujeto identificado con las iniciales C.E.B.P. de 22 años conocido de la zona, pasó en una moto sin casco y efectuó un disparo con arma de fuego en dirección a su domicilio, habiendo personas allí, no constando lesionados.

Policía Científica trabajó en el lugar recolectando un plomo deformado.

Personal policial localizó a C.E.B.P. en su domicilio y lo derivaron a la dependencia policial para la indagatoria.

Enterada la Fiscalía de 4to. Turno, dispuso la conducción del mismo a la Sede Letrada.

Realizada la instancia en el Juzgado Penal de 11° Turno, fue dispuesta la condena de C.E.B.P. como autor de un delito de porte y tenencia de arma de fuego en lugares públicos en reiteración real con un delito de disparo de arma de fuego, a la pena de cinco (5) meses de prisión, que se cumplirá en régimen de libertad a prueba bajo las siguientes condiciones: 1)residir en un lugar determinado donde sea posible la supervisión por la Oficina de Seguimiento de la Libertad Asistida y no modificar su domicilio sin dar previo aviso a la Sede Judicial, 2) sujetarse a la orientación y vigilancia permanentes de la OSLA, 3) presentarse una vez por semana en la Seccional Policial del domicilio fijado, 4) cumplir tareas comunitarias una vez por semana durante dos horas cada vez, 5) prohibición de comunicación por cualquier medio con la denunciante y familia con prohibición de acercamiento hacia ellos y su domicilio.-


Mensaje preventivo

Se recuerda a toda la población mantener precaución en el acceso a cuentas bancarias como también en las compras que se realizan por internet, especialmente al recibir link de usuarios desconocidos o mensajes de personas diciendo ser algún familiar y/o amigo.

Los mencionados suelen ser medios y mecanismos utilizados para lograr acceder a información personal, contraseñas, acceso a cuentas bancarias que luego son utilizadas para estafar, sustraer dinero de otras cuentas o el robo de identidad para cometer fraudes.

Ante esta situación se recomienda;

Verificar el origen de la dirección de correo electrónico, llamada o mensaje recibido.

Verificar la autenticidad del movimiento bancario, sociedad o persona con la cual va a concretar alguna compra.

Corroborar con un familiar la situación planteada por el posible estafador.

Comunicarse con el servicio de respuesta policial 9-1-1.

RECORDAR QUE LOS BANCOS NO SOLICITAN DATOS PERSONALES POR MEDIO DE ACCESO A LINK NI MENSAJES DE WHATSAPP.

 


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“Frente a una situación de violencia doméstica podes comunicarte con el servicio de respuesta policial 9-1-1”

Decreto N° 436/007

Artículo 2 - A partir de 1° de noviembre de cada año y hasta la segunda quincena de abril del siguiente año queda prohibida la realización de fuegos y quemas de cualquier tipo al aire libre en todo el territorio Nacional. Se exceptúan de esta prohibición las que se realicen en zona urbana y que no revistan riesgo alguno de propagación.

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Maldonado, 27 de Enero de 2023.

Jefatura de Policía de Maldonado

Departamento de Prensa y Relaciones Públicas

Oficial Principal Ana MARQUEZ